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El Área de Deporte y Recreación se subdivide en:

1. Recreación

En el área de Recreación se realizan actividades de libre elección, tendientes a ocupar el tiempo libre e incentivar la práctica de actividades físicas en función de la calidad de vida.

Sala de musculación Gimnasio Sala Multiuso
Campeonato Inter-Escuelas La principal actividad de carácter recreativo que congrega a todas las carreras de la Universidad, en una competencia con un total de 16 disciplinas deportivas.
Talleres Disponibles Zumba, running, entrenamiento funcional, yoga, programas de acondicionamiento físico y buceo.

2. Representación Institucional

El deporte de competencia está dividido en: Ajedrez, Atletismo, Básquetbol, Buceo, Fútbol, Balonmano, Halterofilia, Judo, Kárate, Natación, Taekwondo, Tenis de Mesa y Vóleibol.

Juegos Universitarios Navales Participan 13 instituciones de Educación Superior (tradicionales, privadas, institutos y FF.AA.). Se realiza en el primer semestre (abril a julio) con 26 deportes.
Ligas Deportivas Educación Superior (LDES) Torneo oficial de carácter clasificatorio para las Finales Nacionales, el cual cuenta con el financiamiento del IND.
Torneo Fenaude Zona Costa Desarrollado en el segundo semestre para universidades estatales de la Región de Valparaíso. Los primeros lugares clasifican al campeonato nacional de la especialidad.

3. Docencia

En el área de Docencia se ofrecen asignaturas complementarias de deportes, estructuradas bajo dos tipologías fundamentales para el desarrollo curricular formativo del estudiante:

Asignaturas Generales Cursos orientados al fomento de la actividad física transversal, hábitos de vida saludables y recreación básica institucional.
Asignaturas Específicas Enfoques técnicos y disciplinares de ramas deportivas particulares integradas en la malla curricular.
Requisito Curricular Académico Estas asignaturas complementarias son requisitos obligatorios y se agregan de forma formal a los planes de estudio de todas las carreras de la Universidad de Valparaíso, bajo el amparo normativo del Decreto Exento Nº 01127/2002.